martes, 16 de octubre de 2012

COMFACESAR



CAJA DE  COMPENSACIÓN FAMILIAR
En  1957, por el decreto legislativo 118 del 21 de junio se establece en Colombia el subsidio familiar. 
Por medio de este se dispone que todas las empresas del país, tanto privadas como oficiales, deben aportar una suma equivalente al 4% de la nómina mensual de los salarios que será destinada a la seguridad social de sus empleados. 
Este dinero lo reciben las Cajas de Compensación Familiar para ser redistribuido en forma de subsidio monetario para los trabajadores de medianos y menores ingresos en proporción al número de personas a cargo.


SUBSIDIO FAMILIAR  Cuando una empresa se afilia a una Caja de Compensación Familiar los trabajadores de la misma automáticamente quedan afiliados. 
El trabajador para acceder al subsidio familiar en dinero debe acreditar su derecho mediante la presentación formulario de afiliación , este formulario debe ser ingresado en la base de datos a más tardar a los tres días de su recibo.


COMFACESAR  brinda un servicio de programas turísticos donde se ofrecen diferentes opciones de viaje a destinos atractivos, culturales, de sano esparcimiento y recreación.
Paseos Empresariales.
 Estos programas se ofrecen a nuestros afiliados a crédito   con amplias financiaciones.

CRÉDITO
COMFACESAR ofrece a todos sus afiliados la modalidad para financiar diferentes líneas de crédito a través del sistema de libranza. Igualmente usted puede pignorar el Subsidio Familiar para adquirir ropa, calzado, útiles escolares y electrodomésticos con establecimientos comerciales con los cuales tenemos convenios. Así mismo el crédito puede pagarlo directamente en la Tesorería con algunas condiciones especiales descritas en el Manual de créditos.
     DIRIGIDO A:
Empresas afiliadas, a trabajadores afiliados beneficiarios o no del subsidio familiar para la utilización de los servicios en forma ocasional o permanente.







No hay comentarios:

Publicar un comentario